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Certificar una startup en España

¿Para qué la certifico?

La certificación es un procedimiento necesario para poder acogerse a los beneficios fiscales y sociales establecidos en la Ley de Startups. Esta será válida frente a todas las Administraciones y entes que deban reconocerlos. 

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Normativa

Recientemente, el estado español ha aprobado una ley que establece un marco normativo específico para fomentar la creación y crecimiento de empresas emergentes en el territorio español.

Esta ley incorpora un importante conjunto de medidas dirigidas a facilitar la creación y crecimiento de estas empresas y a promover la inversión en innovación, impulsando instrumentos públicos dirigidos a apoyar al ecosistema de empresas emergentes y a reforzar la colaboración público-privada con el fin de impulsar su crecimiento, además de favorecer el establecimiento en España de emprendedores y trabajadores de este tipo de empresas, así como de los trabajadores a distancia de todo tipo de sectores y empresas conocidos como “nómadas digitales”.

La Ley incluye unos criterios específicos que determinarán qué empresas emergentes podrán acceder a las medidas de apoyo en ella previstas, e incluyen a las empresas nacidas en el sistema de ciencia y tecnología, conocidas como empresas de base tecnológica o científica, y también a aquellas innovadoras en procesos, productos y servicios, o en modelo de negocio.

 

Requisitos

  • Para que una empresa sea considerada emergente o startup deberá cumplir con los siguientes condicionantes:

  • - Ser empresa de nueva creación o de un máximo de cinco años desde su constitución y de siete años en el caso del sector de biotecnología, energía, industrial, entre otros.
  • - Tener sede social o establecimiento permanente en España.
  • - Tener un porcentaje mayoritario de la plantilla con contrato en España.
  • - Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador y escalable.
  • - No cotizar en un mercado regulado ni haber distribuido dividendos.
  • - No alcanzar un volumen de negocio superior a los diez millones de euros.

 

Ventajas

  • Las principales ventajas a las que puede acogerse una empresa emergente o startup son las siguientes:

  • - Reducción del tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades al 15%.
  • - Aplazamientos de deudas tributarias.
  • - Exoneración de efectuar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
  • - Eliminación de determinadas tasas registrales para la constitución de una nueva empresa.
  • - Exoneración de la obligación de obtención del NIE en el caso de inversores extranjeros no residentes.
  • - Bonificación, durante tres años, de las cuotas a la Seguridad Social a favor de los emprendedores autónomos que también trabajen por cuenta ajena.
  • - Ampliación del importe de la exención, hasta los 50.000 euros anuales, en el caso de entrega de stock options a los empleados.
  • - Aumento de la deducción por inversión en empresas de nueva creación, incrementando el tipo al 50% y la base máxima hasta 100.000 euros.
  • - Impulso en la creación y desarrollo de entornos controlados de pruebas para validar la viabilidad e impacto de nuevos modelos en actividades reguladas.
  • - Facilidades para la prestación de garantías o pagos a cuenta en el caso de concesión de subvenciones.

 

¿Cómo la certifico?

El proceso de certificación es gratuito y no supone ningún coste para las empresas que lo soliciten y no se podrán certificar autónomos, solo podrán certificarse empresas constituidas como sociedades de capital (SA, SL, SAL, SLL, etc.) y cooperativas que cumplan los requisitos de empresa emergente establecidos en la Ley. 

La entidad que ha sido designada como certificadora en España es la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., S.A. (en adelante, ENISA), que evaluará las características de las empresas con el fin de determinar su condición de empresa emergente.

El inicio del procedimiento de certificación tiene lugar mediante la presentación electrónica de la solicitud de certificación por la empresa interesada en el registro electrónico habilitado en el portal web de ENISA, a la que se adjuntará la documentación requerida.

 

Proceso de certificación: https://goo.su/97L3dpL

Guía para  la certificación: https://goo.su/WvOl

 

Fuentes

ENISA: https://www.enisa.es/es/certifica-tu-startup/info/proceso-de-certificacion

BOE:

  • Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

https://www.boe.es/eli/es/o/2023/07/20/pcm825

  • Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-21739

 

Este blog es una aportación de José Hernández Suárez, de la Coordinación de la Red CIDE y técnico del Departamento de Innovación del Instituto Tecnológico de Canarias. 

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